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La polémica facultad probatoria del Juez del art. 429.1 LEC

Publicación: Junio 2020
Autor: Departamento Jurídico de Sepín Proceso Civil
ISBN: 978-84-1333-582-7
Precio: 20 € + IVA

Referencia: 5878 · Id Edición: 56212

El art. 429.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, contempla una novedosa institución procesal al disponer: "Cuando el tribunal considere que las pruebas propuestas por las partes pudieran resultar insuficientes para el esclarecimiento de los hechos controvertidos lo pondrá de manifiesto a las partes indicando el hecho o hechos que, a su juicio, podrían verse afectados por la insuficiencia probatoria. Al efectuar esta manifestación, el tribunal, ciñéndose a los elementos probatorios cuya existencia resulte de los autos, podrá señalar también la prueba o pruebas cuya práctica considere conveniente".

Esta facultad, que difícilmente encaja en principios básicos del derecho procesal civil como son el dispositivo y de justicia rogada ha generado una fuerte polémica a favor y en contra y muchas preguntas que abordamos en esta Guía Temática:

¿Impone al Juez un deber de actuación? Su no uso ¿generaba algún tipo de nulidad? ¿Vincula a la sentencia posterior? ¿Cómo afecta a las reglas de la carga de la prueba? O, finalmente, su no aplicación ¿puede revisarse en apelación?
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