Filiación. Acciones de reclamación e impugnación: competencia, medidas cautelares, costas
Autor: Departamento Jurídico de Sepín Familia y Sucesiones
ISBN: 978-84-1332-110-3
Referencia: 1800 · Id Edición: 17315
Las acciones de filiación se regulan en el Código Civil en los arts. 131 a 134 para la acción de reclamación y arts. 136 al 141 para la de impugnación, y en la Ley de Enjuiciamiento Civil en los arts. 764 a 768.
Es importante tener en cuenta antes de nada que el Tribunal Constitucional, en Sentencias de 27 de octubre de 2005 y de 16 de febrero de 2006, ha declarado la inconstitucionalidad del párrafo primero del art. 133 CC por impedir al progenitor reclamar la filiación no matrimonial cuando no exista posesión de estado. Es decir, sólo reconoce legitimación para reclamar la filiación no matrimonial al hijo durante toda su vida y también a sus herederos, pero no se la reconoce a sus progenitores. Resulta sorprendente que, a pesar de esta declaración, no se haya procedido todavía por parte del legislador a modificar la redacción de dicho precepto ni se haya determinado su nulidad.
Contenidos de esta publicación:
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Reclamación
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Impugnación
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Mixta: reclamación e impugnación
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Competencia
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Medidas cautelares
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Costas