CARGANDO...

TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 2.ª, 1542/2024, de 1 de octubre. Recurso 3840/2023

Ponente: FRANCISCO JOSE NAVARRO SANCHIS
SP/SENT/1233951
RESUMEN

Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). La cuantía para acceder al recurso de apelación (art. 81.1.a) LJCA) coincide con el valor económico de la pretensión, de modo que, cuando se impugnan liquidaciones tributarias, como en este caso del IBI, debe atenderse al valor de la cuota establecida en ellas, en cada uno de los periodos tributarios, sin que quepa considerar de cuantía indeterminada la impugnación en que la pretensión se sustenta en la existencia de una exención que debió ser aplicada.

 No es un procedimiento de cuantía indeterminada la impugnación de liquidaciones por el IBI y la posible aplicación de exenciones: valor de la cuota en cada uno de los periodos tributarios
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Resolución recurrida en casación y hechos del litigio.
1. Este recurso de casación tiene por objeto la mencionada sentencia de 1 de febrero de 2023, en que se acuerda, literalmente, lo siguiente:
"[...] FALLAMOS: Que con estimación del Recurso de Apelación interpuesto por los servicios jurídicos del Concello de A Coruña contra la
sentencia de 19 de abril de 2022 dictada por el Juzgado de lo contencioso-administrativo número 4 de los de A Coruña en autos de Procedimiento abreviado número 228/2021
, debemos REVOCAR Y REVOCAMOS la misma, y en su lugar desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Real Sociedad Deportiva Hípica de A Coruña contra la resolución de 2 de julio de 2021 del Tribunal Económico Administrativo Municipal del Ayuntamiento de A Coruña, dictada en el expediente Recurso/2020/747 desestimatoria de la reclamación económico- administrativa presentada frente a la desestimación del recurso de reposición interpuesto contra las liquidaciones del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de los ejercicios 2019 y 2020, correspondientes a la parcela de referencia catastral 9326903NJ4092N0001RW, y solicitud de reconocimiento de exención objetiva del inmueble en relación con dicho impuesto. Sin imposición de costas en esta apelación [...]".
SEGUNDO.- Preparación y admisión del recurso de casación.
1. Notificada la sentencia, el procurador Sr. Dequidt Montero, en nombre y representación de la Real Sociedad Deportiva Hípica de La Coruña, presentó escrito de preparación de recurso de casación el 11 de mayo de 2023.
2. Tras justificar los requisito
También puedes adquirir este documento o suscribirte para acceder a todos los contenidos