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TS, Sala Segunda, de lo Penal, 909/2024, de 30 de octubre. Recurso 10196/2024

Ponente: ANDRES PALOMO DEL ARCO
SP/SENT/1236719
RESUMEN

Delito contra la seguridad vial del artículo 379.2 del Código Penal y de dos delitos de homicidio imprudente del artículo 142.1 y 2 y 142 bis del Código Penal, sancionados conforme señala el artículo 382 del Código Penal, en su umbral máximo.

 El recurrente no hizo valer los gravámenes a su derecho a la intimidad en el recurso de apelación, por lo que no es admisible, aunque la utilización de su sangre, extraída el día del accidente, fue motivada y proporcional a los intereses ponderados
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 La confesión en el acto de juicio oral sin aportar nada nuevo ni esencial que no derivase de las pruebas incriminatorias es irrelevante a efectos de aplicación de la atenuante
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 La imposición de la pena máxima se debe a que el recurrente conducía bajo los efectos de alto grado de alcohol, a elevada velocidad con fallecimiento de dos ciclistas y riesgo para otros y no parar tras el atropello
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El Juzgado de Instrucción num.4 de Almería instruyó las Diligencias Previas 1049/2022 (Procedimiento Abreviado núm. 196/2022) por delitos contra la seguridad vial y dos de homicidio, contra D Carlos José, y una vez abierto el juicio oral, lo remitió a la Audiencia Provincial de Almería, Sección Tercera, en la que vista la causa dictó en el Rollo Abreviado 16/2023 sentencia núm. 312/23 en fecha 10 de julio de 2023, que contiene los siguientes hechos probados:
"Carlos José, ciudadano marroquí, con NIE nº NUM000, con antecedentes penales cancelables, en prisión provisional por esta causa desde el día 24/7/2022, tras ingerir bebidas alcohólicas que mermaban su capacidad para circular con vehículos a motor, conducía el día 24 de julio de 2022 sobre las 9,30 horas por la carretera AL-3108 (Almería) un vehículo con matrícula NUM001 de su propiedad y asegurado por la compañía "Mapfre ".
Consecuencia de la referida ingesta de alcohol, al iniciar el recorrido de una curva, invadió por completo el carril de circulación de sentido contrario, por el que circulaban reglamentariamente un grupo de ciclistas, saliéndose de la vía por el arcén izquierdo, colisionando frontalmente contra los ciclistas Aquilino y Aurelio.
Personados minutos después patrullas de la Guardia Civil de dicha localidad, al presentar síntomas de haber ingerido bebidas alcohólicas tales como olor a alcohol, halitosis alcohólica notoria a distancia y habla pastosa, procedieron a solicitar la analítica de muestras de sangre del acusado, que fue autorizado judicialmente por auto de 25 de julio de 2022, dando como resultado 1,51g/L de alcohol etílico en sangre.
A consecuencia de esta acción del acusado,
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