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TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 2.ª, 1814/2024, de 13 de noviembre. Recurso 2305/2023

Ponente: FRANCISCO JOSE NAVARRO SANCHIS
SP/SENT/1238357
RESUMEN

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. En caso de donación de participaciones en el capital de una entidad mercantil, el momento en que debe determinarse el cumplimiento de los requisitos legales para disfrutar de la reducción en la base imponible, para determinar la liquidable, del 95 por 100, prevista en el artículo 20.6 LISD, es el día en que se produce la donación

 Donación de participaciones en el capital de una entidad mercantil: el momento determinante del cumplimiento de los requisitos para aplicar la reducción del 95% en la BI es el día en que se produce la donación
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.-Resolución recurrida en casación y hechos del litigio.
1.Este recurso de casación tiene por objeto la mencionada sentencia de 23 de diciembre de 2022, en que se acuerda, literalmente, lo siguiente:
"[...] ESTIMAR el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D.
Faustino, y en consecuencia anular la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central, de 26 de febrero de 2021, dictada en la reclamación núm. NUM000, reconociendo el derecho a la reducción del 95% prevista en el
artículo 20 de La Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
. Con imposición de costas por mitad, a las administraciones demandadas, hasta el límite de 1.000 euros, por todos los conceptos [...]".
SEGUNDO.-Preparación y admisión del recurso de casación.
1.Notificada la sentencia, el Letrado de la Generalidad presentó escrito de preparación de recurso de casación el 17 de febrero de 2023.
2.Tras justificar en él los requisitos reglados de plazo, legitimación y recurribilidad de la sentencia, se identifican como normas que sean objeto de interpretación los artículos 20 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (LISD); (ii) el artículo 4 de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio (LIP); (iii) el artículo 5 del Real Decreto 1704/1999, de 5 de noviembre, por el que se determinan los requisitos y condiciones de las actividades empresariales y profesionales y participaciones en entidades para la aplicación de las exenciones correspondientes en el Impuesto sobre el Pa
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