SP/DOCT/127343
Artículo Monográfico. Noviembre 2024
La complicadísima traslación automática del Baremo de tráfico a la responsabilidad civil empresarial derivada de siniestros laborales provocados por la falta de medidas de seguridad. ¿Existe homogeneidad entre la siniestralidad laboral y la vial?
Alicia Catalá Pellón. Magistrada especialista de la Sala de lo Social del TSJ de Madrid.
RESUMEN
Se plantea la cuestión si es posible o no la aplicación del Baremo de Tráfico en los casos de responsabilidad empresarial por accidentes laborales ante la falta de prevención de riesgos y la correspondiente indemnización por daños.
PALABRAS CLAVE
Accidente laboral, responsabilidad empresarial, responsabilidad civil, Baremo de tráfico, prevención de riesgos laborales, indemnización de daños
Dos aseveraciones constituyen nuestro necesario punto de partida: que el Baremo tiene carácter orientativo y que, en todo caso, se trata de un Baremo "de mínimos Nota ".
Sentado lo anterior, debe tenerse en cuenta que si en la demanda rectora del procedimiento no se indican los elementos para fijar una suma concreta, el Juzgado de lo Social no está vinculado por ninguna norma para la fijación de la cantidad en concepto de indemnización, siendo evidente que puede hacerlo de manera ponderada en atención a las circunstancias del caso Nota y que la fijación del importe indemnizatorio es misión del órgano jurisdiccional de instancia y únicamente puede fiscalizarse a través del extraordinario recurso de suplicación, en aquellos supuestos en los cuales el Juzgado haya aplicado sus propios criterios de forma incorrecta, arbitraria o desproporcionada Nota .
En cualquier caso, la aplicación del Baremo de la responsabilidad civil derivada de la circulación de vehículos, cuando se alega por la parte actora, convierte la petición indemnizatoria y su concesión, en más objetiva, evitando arbitrariedades o discrecionalidades -->