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Administrativo

TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 4.ª, 255/2021, de 24 de febrero. Recurso 4130/2019

Ponente: JOSE LUIS REQUERO IBAÑEZ
SP/SENT/1089342
RESUMEN

Se revoca la sentencia recurrida que declaró el derecho a la percepción de unas retribuciones a favor de la recurrente que carecen de causa, por no existir relación de servicio que determinase su devengo, al igual que también carece de causa el reconocimiento de derechos de antigüedad o cómputo de tiempo de servicios prestados.

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 Los maestros interinos cesan en su cometido el 30 de junio del respectivo año escolar dado que su nombramiento es temporal. En consecuencia, no tienen derecho a percibir retribución alguna en los meses de verano, esto es, en julio ni en agosto
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La representación procesal de doña Ofelia interpuso el recurso contencioso-administrativo 216/2017 ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 25 de Madrid contra la desestimación por silencio administrativo del recurso de alzada interpuesto contra la desestimación de la solicitud presentada ante la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid de reconocimiento de los derechos administrativos y económicos relativos a los meses de vacaciones y verano de julio, agosto y días proporcionales de septiembre durante los cursos lectivos 2012/2013, 2013/2014, 2014/2015 y 2015/2016.
SEGUNDO.- Estimado parcialmente dicho recurso por sentencia de 26 de noviembre de 2018, la Comunidad de Madrid mediante escrito de su letrado interpuso recurso de apelación 115/2019 ante la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que se tramitó y en el que se dictó sentencia desestimatoria de 25 de marzo de 2019.
TERCERO.- Notificada la sentencia, se presentó escrito por el letrado de la Comunidad de Madrid ante dicha Sección informando de su intención de interponer recurso de casación y tras justificar en el escrito de preparación la concurrencia de los requisitos reglados de plazo, legitimación y recurribilidad de la resolución impugnada, identificar la normativa a su parecer infringida y defender que concurre en el caso interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia e
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