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 Doctrina y Consultas

SP/DOCT/83008

Opinión. Diciembre 2019

La asistencia sanitaria es gratuita para reagrupados de nacionalizado español, ¿sí o no?

Gema Murciano Álvarez Redacción Jurídica de Sepín.
Gestión Documental
Esta polémica cuestión ha sido zanjada por dos sentencias consecutivas de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, que ha venido a sentar el criterio por el que se regirán a partir de ahora el resto de los órganos jurisdiccionales. Ambas resoluciones cuentan con interesantes Votos Particulares emitidos por el Magistrado D. Fernando Salinas Molina, al que se adhiere la Magistrada Doña Maria Luisa Segoviano Astaburuaga, lo que demuestra la polarización del asunto.
Las sentencias en cuestión y que puede consultar son las siguientes:
TS, Sala Cuarta, de lo Social, de 13 de mayo (SP/SENT/1007009)
TS, Sala Cuarta, de lo Social, de 13 de mayo (SP/SENT/1007006)
Pues bien, el Ato Tribunal en las dos resoluciones reseñadas realiza una interpretación armonizada y conjunta del texto del artículo 7 del RD 240/2007[1] en sus apartados 1 b ) y 2 y del artículo 8 en combinación con el artículo 2.1.b) RD 1192/2012[2], de 3 de agosto, teniendo en cuenta que estaba en vigor a la fecha de solicitud prestacional y que actualmente se encuentra derogado por el RD-L 7/2018[3], de 27 de julio, y tras un exhaustivo análisis llega a la conclusión de que en ambos casos la respuesta debe de ser que el reagrupado por nacionalizado español no está desprotegido en materia de asistencia sanitaria al disponer de una cobertura obligatoria p
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