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AP Asturias, Oviedo, Sec. 5.ª, 112/2019, de 18 de marzo. Recurso 72/2019

Ponente: JOSE LUIS CASERO ALONSO
SP/SENT/1003767
 La condena al pago de la renta es hasta la efectiva efectiva entrega de la posesión de la vivienda
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.
SEGUNDO.- El Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Oviedo dictó sentencia en los autos referidos con fecha veinte de noviembre de dos mil dieciocho, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que debo estimar y estimo, en su integridad, la demanda interpuesta por DON Daniel contra DOÑA Susana , y, en su virtud,
1). Declaro resuelto, por impago de rentas, el contrato de arrendamiento otorgado por ambas partes en fecha 27 de Mayo de 2015 sobre el inmueble sito en la CALLE000 , nº NUM000 , NUM001 NUM002 ., de Oviedo, y ordeno el desahucio, condenando a la demandada a dejar libre y expedita la mencionada finca, y a disposición de la parte actora, bajo apercibimiento de lanzamiento forzoso si no lo hiciere antes de la fecha señalada.
2). Condeno a la demandada a abonar al actor, por rentas debidas a la fecha de presentación de la demanda, la suma de mil novecientos ochenta euros (1980 €;) , suma que devengará, desde hoy y hasta el completo pago, el interés legal del dinero incrementado en dos puntos.
3). Condeno a la interpelada a abonar al demandante las rentas que se sigan devengando tras la presentación de la demanda y hasta la efectiva entrega de la posesión de la vivienda, a razón de 330 euros al mes.
4). Impongo a la parte demandada todas las costas de este jui