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TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 1.ª, de 25 de febrero de 2020. Recurso 3684/2019

Ponente: JOSE LUIS REQUERO IBAÑEZ
SP/AUTRJ/1042142
 El TS admite un recurso de casación para reforzar, precisar o matizar su jurisprudencia sobre el carácter inhábil del mes de agosto para el cómputo del plazo de interposición del recurso contencioso administrativo en el procedimiento ordinario
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. Mediante resolución del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad Autónoma de Galicia de 20 de julio de 2018 se estima parcialmente el recurso interpuesto por MBA Incorporado SL contra la resolución de adjudicación del contrato acuerdo marco de suministro de prótesis de cadera con destino a centros hospitalarios del servicio Gallego de Salud. La resolución anula la adjudicación y ordena retrotraer las actuaciones respecto al Lote 3.
SEGUNDO. Interpuesto recurso contencioso-administrativo por MBA Incorporado SL contra la anterior resolución, el mismo fue inadmitido por auto 20 de febrero de 2019 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Sección Tercera, (proceso ordinario núm. 7279/2018).
El auto considera que ha caducado el plazo de interposición del recurso, por lo que declara la inadmisibilidad en virtud de lo previsto en el artículo 51.1.d) Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, (en adelante, LJCA).
TERCERO. Interpuesto recurso de reposición frente al anterior auto, fue desestimado mediante auto de la Sala de lo Contencioso Administrativo, Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Sección Tercera, de 29 de marzo de 2019 (procedimiento ordinario núm.7279/2018).
El auto, con cita de la sentencia del Tribunal Supremo de 26 de diciembre de 2000, fundamenta su