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SP/DOCT/82971

Artículo Monográfico. Julio 2019

Análisis de la jurisprudencia del Tribunal Supremo en materia de urbanismo del primer semestre de 2019

Jorge Ortiz Ramírez. Abogado. Asociado Senior de Práctica de Derecho Urbanístico de Andersen Tax & Legal
Introducción
El presente artículo tiene por objeto el analizar todas las sentencias y autos dictados por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en asuntos relacionados con el urbanismo, dictadas durante el primer semestre de 2019, de la Sección Primera como competente para la admisión de recursos de casación y de la Sección Quinta como competente para el enjuiciamiento de los recursos en única instancia, recursos de casación y cuestiones de ilegalidad en materia de urbanismo y ordenación del territorio, conforme con el Acuerdo de 11 de diciembre de 2018 de la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo, sobre composición, funcionamiento y asignación de ponencias para el año judicial 2019 de la Sala Tercera (B.O.E. nº 16 de 18 de enero 2019).
Con ello, se pretende alcanzar una visión de todos los asuntos con interés casacional objetivo admitidos durante el primer semestre por la Sección Primera, así como de los pronunciamientos de la Sección Quinta en conflictos en materia de urbanismo. Para ello, seguiremos un orden cronológico.
Auto de Admisión de Recurso de Casación de la Sección Primera, de 14/01/2019, en recurso nº 4599/2018 (ATS 30/2019), Ponente D. Rafael Fernández Valverde: sobre la ausencia de evaluación ambiental de Plan Parcial, contravención de informe desfavorable de carreteras y el encaje de la garantía hipotecaria en el artículo 46.c) del Reglamento de Planeamiento de 1978 (SP/AUTRJ/985157).
Se interpuso recurso de casación contra sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede Sevilla, de fecha 26 de abril de 2018, por el que se declara la nulidad del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Tarifa por el que se aprobó definitivamente el Texto Refundido del Plan Parcial de Ordenación del Sector SL-1 "Valdevaqueros", impugnado por "Ecologistas en acción de Cádiz", alegando principalmente la falta de evaluación ambiental.
Se reconoce la presunción de interés casacional objetivo del artículo 88.3.c) LJCA, al declarar nula una disposición de carácter general por parte del sentencia recurrida, diciendo que "teniendo presente, pues, la naturaleza de los planes de urbanismo como disposiciones de carácter general (así lo viene entendiendo de forma constante y uniforme nuestra jurisprudencia), y que, además, es objeto del presente recurso de casación un pronunciamiento anulatorio del plan impugnado acordado en la instancia, hemos de concluir, por consiguiente, que sólo si apreciáramos con toda evidencia que la anulación carece de trascendencia suficiente podría llegarse a inadmitir dicho recurso".
Se aprecia que existe interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia "consiste en determinar si, atendidas las circunstancias del caso y la normativa aplicable, podía apreciar la sala de instancia como causa de nulidad de las actuaciones impugnadas: i) la omisión del procedim