Artículo Monográfico. Junio 2020
Legislación hipotecaria española y modo en que nuestros Tribunales aplican el Derecho comunitario
Clara Fernández Carron. Profesora contratada. Doctora de Derecho procesal. Facultad de Derecho. Universidad Complutense de Madrid
RESUMEN
La STJUE de 26 de enero de 2017 (asunto C-421/14) ha tenido unas repercusiones muy importantes en nuestro Estado. De un lado, y dado que nuestros Jueces nacionales están obligados a acatar la doctrina que en ella se recoge, como lógica consecuencia de la vigencia del principio de primacía del Derecho comunitario, en vista de la disparidad de criterios adoptados por los distintos Tribunales en materia de cláusulas abusivas, esta sentencia contribuye –o, por lo menos, debería hacerlo– a alcanzar seguridad jurídica en este ámbito. De otro, ha motivado la inclusión en el Proyecto de Ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario de normas relativas al vencimiento anticipado que atienden a la doctrina que, sobre este particular, ha dejado sentada la sentencia. Finalmente, ha dado origen al planteamiento, por parte del Tribunal Supremo, de dos cuestiones prejudiciales recogidas en su auto de 8 de febrero de 2017.
PALABRAS CLAVE
Proceso de ejecución hipotecario, cláusulas abusivas, vencimiento anticipado, primacía del Derecho comunitario, cosa juzgada.