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SP/DOCT/83052

Opinión. Octubre 2019

¿Cuáles son las medidas de protección para los menores extranjeros no acompañados que permanecen en España?

Alejandra Barreno Fernández Redacción Jurídica de Sepin Familia y Sucesiones
Cuando hablamos de inmigración, de forma casi automática, todos pensamos en personas de edad adulta que vienen a nuestro país en busca de un futuro mejor. Debemos ser conscientes de que también llegan a territorio español menores de edad que no se encuentran acompañados por personas de edad adulta, y que también, buscan poder tener un futuro.
A este colectivo se le conoce comúnmente como "Menores Extranjeros No Acompañados" (MENAS), y podemos definirlo como "Menores de 18 años, nacionales de países terceros, que llegan a territorio español sin ir acompañados de un adulto responsable de ellos, ya sea legalmente o con arreglo a los usos y costumbres, en tanto no se encuentran efectivamente bajo el cuidado de aquel" (SP/LEG/7493).
En España se está produciendo una entrada masiva de estos menores extranjeros no acompañados, tanto es así que, según los datos ofrecidos por el Gobierno, a finales del año 2018 contamos con más de 12.437 MENAS registrados, eso sin contabilizar los meses de noviembre y diciembre de ese mismo año.
¿Cuál es la importancia que reviste este colectivo?
La doble condición que tienen: son menores de edad, por lo que deben estar protegidos por los derechos conferidos a los mismos, así como extranjeros que se encuentran en situación irregular, por lo que son objeto de control constante. Además, todos tienen un perfil parecido: la mayor parte de ellos son varones procedentes de Marruecos, aunque actualmente han aumentad los subsaharianos, los cuales muestran una mayor madurez de la que les correspondería. La edad media es de 16 años, todos ellos tienen un proyecto migratorio similar: mejorar su calidad de vida, buscando lo antes posible un trabajo en nuestro país. Sin embargo, también es cierto que buena parte de estos llegan a España con la intención de poder usarla de puente para poder acceder a otros países de la Unión Europea, rechazando en muchas ocasiones las medidas de protección que se les ofrece.
También se debe tener en cuenta la problemática que supone la llegada de estos niños a nuestro país: la mayor parte de ellos llegan a España totalmente indocumentados por lo que es muy complicado llegar a determinar su edad. En algunos casos las autoridades se encuentran con que alguno de los menores lleva consigo documentos identificativos. En estos casos, el Tribunal Supremo ha establecido que no va a ser necesario comprobar ni realizar pruebas a dicho menor para determinación de su edad, siempre y cuando se constate la veracidad del documento (SP/SENT/781451).