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TS, Sala Primera, de lo Civil, 82/2019, de 7 de febrero. Recurso 2882/2016

Ponente: ANTONIO SALAS CARCELLER
SP/SENT/991353
 El objeto de la venta era un terreno para el caso de que fuera calificado como urbanizable, fijándose el precio según la proporción de metros recalificados, pero al no haberse aprobado el cambio de calificación, se debe resolver el negocio
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- 1.- La representación procesal de Projisa S.A., interpuso demanda de juicio ordinario contra don Matías y doña María Esther , y alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al Juzgado se dictara sentencia por la que estimando la demanda:
"1º.- Se declare resuelto el contrato de compraventa suscrito entre las partes litigantes de fecha 29 de abril de 2004, relativo a la finca ubicada en el municipio sevillano de Almensilla, sitio del rabo culebra, parcela NUM000 , polígono NUM001 , con referencia catastral nº NUM002 , todo ello por imposibilidad sobrevenida por frustración del objeto y causa del contrato.
"2º.- Se declare que como consecuencia de lo anterior, la parte codemandada queda liberada de su obligación de transmisión de la referida finca a la actora por escritura pública, así como viene obligada a restituir a la actora las cantidades entregadas a esta.
"3º.- Condene a los codemandados al pago a la actora en la cantidad de EUROS CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS CON TREINTA Y DOS CÉNTIMOS (156.562,32 €;), más sus intereses legales desde la fecha de la presente interpelación judicial hasta Sentencia, y desde Sentencia hasta su efectivo pago el interés procesal.
"4.- Condene a los codemandados a estar y pasar por las presentes declaraciones y condenas.