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TS, Sala Primera, de lo Civil, 175/2019, de 21 de marzo. Recurso 1594/2016

Ponente: IGNACIO SANCHO GARGALLO
SP/SENT/996070
 La prohibición de compensación del art 58 LC no opera en supuestos, como el presente, de liquidación de una relación contractual
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 La naturaleza de los dos créditos reclamados, esencialmente el precio adeudado por las obras realizadas por el contratista, evidencian que la cantidad objeto de condena no devengue intereses desde la demanda, sino desde la fecha de la sentencia
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. Tramitación en primera instancia
1. El procurador José Domingo Corpas, en nombre y representación de la entidad Bruesa Construcción S.A., interpuso demanda de juicio ordinario ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de Málaga, contra la entidad La Reserva de Marbella S.A., para que se dictase sentencia:
"estimatoria, por la que se condene a la demandada a pagar a la mercantil demandante la cantidad de dieciséis millones, seiscientos ochenta y nueve mil, setecientos cuarenta y dos euros, con treinta y tres céntimos de euro (16.689.742,33 €;), más otra cantidad a concretar en ejecución de sentencia por daños y perjuicios causados a esta parte y que son detallados en el presente escrito, conforme a las bases con arreglo a las cuales se debe efectuar la liquidación (el resultado de aplicar un porcentaje del 1% sobre la cantidad a la que finalmente sea condenada la mercantil demandada), junto con los intereses legales al tipo correspondiente, además de a la no ejecución de los avales bancarios adjuntados al contrario y anexo modificatorio acompañados como documentos nº 4 y 5 con la presente demanda (y que de los correspondientes a los nº NUM000 , de 13 de noviembre de 2008, nº NUM001 , de 23 de octubre de 2006, y nº NUM002 , de 25 de octubre de 2006, respectivamente prestados por las entidades "Banco Bilbao Vizcaya Argentaria", "Caixa de Cataluña" y "Banco Pastor", se interesa por medio de otrosí la susp