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TS, Sala Primera, de lo Civil, 571/2020, de 3 de noviembre. Recurso 1066/2018

Ponente: MARIA DE LOS ANGELES PARRA LUCAN
SP/SENT/1073893
 La aplicación de la Doctrina de la Sala determina estimar el recurso de casación, por no ser correcta la interpretación de la sentencia recurrida sobre el derecho de reembolso del art. 1358 CC, sobre la declaración de reserva al adquirir un bien
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 Asunción de la instancia y en consecuencia desestimación de la apelación, confirmando la sentencia del Juzgado que acordó incluir en el pasivo una deuda por el dinero privativo de la esposa invertido en la compra de la vivienda ganancial
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia
1.- D. Hilario interpuso demanda sobre formación y aprobación de inventario para la liquidación del régimen económico de gananciales contra D.ª Regina en la que solicitaba la formación de inventario prevista en el art. 808 LEC, citando a las partes a la comparecencia dispuesta en el art. 809 y previos los trámites oportunos dicte resolución en la que se apruebe el inventario propuesto por esta parte para la posterior liquidación del régimen económico matrimonial.
2.- La demanda fue presentada el 29 de julio de 2015 y, repartida al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 de Coria del Río, fue registrada con el n.º 595/2015.
3.- Mediante decreto de 24 de septiembre de 2015, se admitió a trámite la demanda y se citó a los cónyuges para la formación de inventario.
4.- El 25 de noviembre de 2015 tuvo lugar el acta de inventario y no alcanzándose un acuerdo entre las partes por los motivos recogidos en dicha acta, se citó a las partes para la celebración de la vista prevenida en el art. 809.2 LEC.
5.- Tras seguirse los trámites correspondientes, la Jueza de adscripción territorial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 de Coria del Río dictó sentencia de fecha 1 de marzo de 2016, con el siguiente parte fallo:
"QUE DEBO ESTIMAR Y ESTIMO PARCIALMENTE LA DEMANDA