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TS, Sala Primera, de lo Civil, 83/2018, de 14 de febrero. Recurso 2056/2017

Ponente: FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS
SP/SENT/939942
 Estimación de los dos motivos: vulneración del criterio legal de los obligados a dar alimentos y de la interpretación del juicio de proporcionalidad en materia de pensión alimenticia de los hijos menores
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 Modificación de medidas: por acuerdo de las partes se cambia la guarda compartida por una custodia materna, fijándose en la instancia la obligación del padre de pagar una pensión alimenticia 125€ por cada uno de los hijos
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 Se ha producido un juicio de proporcionalidad ilógico al hacer recaer la totalidad del pago de los gastos alimenticios en el padre tras cambiar el sistema de guarda y custodia compartida por la materna
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 Se estima el recurso de casación y se fija una pensión alimenticia a abonar por el padre de 600 € para respetar así el principio de proporcionalidad legal y jurisprudencial
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.-1.- Dña. Lina , representada por el procurador D. Rafael Alario Mont y dirigida por la letrada Dña. Pilar Yuste Cano, interpuso demanda de juicio para modificación de medidas definitivas de divorcio contra D. Eduardo y, alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al juzgado se dictara sentencia:
«Por la que se modifiquen las medidas dictadas en sentencia de divorcio, en los siguientes extremos:
»1) Establecer la custodia monoparental a favor de la progenitora, un régimen de visitas a favor del padre consistente en los fines de semana de las semanas que el progenitor trabaje de mañanas, recogiendo a sus hijos del domicilio materno los sábados después de comer y reintegrándolos los domingos a las nueve de la noche.
»Con respecto a las vacaciones de Semana Santa, fallas y Navidad serán atribuidas por mitad a ambos progenitores, según el calendario escolar de la Generalidad Valenciana. Con relación a las vacaciones de verano y puesto que el progenitor tan solo cuenta con quince días de vacaciones en dicho periodo, los niños permanecerán con él durante esos quince días.
»Estableciéndose que los años impares elija la Sra. Lina la quincena concreta del mes de agosto que quiere permanecer junto a sus hijos y los pares el Sr. Eduardo . Con lo cual el Sr. Eduardo tendrá que solicitar expresamente a la empresa para su