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TS, Sala Primera, de lo Civil, 31/2019, de 17 de enero. Recurso 1829/2018

Ponente: FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS
SP/SENT/984181
 Es necesario un cambio cierto en las circunstancias para aplicar una modificación de medidas y el cambio a un sistema de custodia compartida. Además, la Sala considera acertada la aplicación del principio del interés del menor por la Audiencia
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.-1.- D. Jesús María, representado por la procuradora Dña. Cristina López-Villar Suárez y asistido del letrado D. Pablo Agea Valverde, interpuso demanda de juicio de familia, solicitando la modificación de medidas definitivas acordadas en sentencia de divorcio respecto a la guarda y custodia, régimen de visitas y pensión de alimentos y compensatoria, contra Begoña y, alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al juzgado se dictara sentencia:
"Por la que se modifique el régimen de visitas en los términos interesados así como la guarda y custodia y la pensión por alimentos y compensatoria establecida en su día, dictando otra que acepte fijar la guarda y custodia compartida y sus efectos inherentes sobre la pensión y el domicilio familiar y su uso por ambos progenitores, tal y como interesamos en la parte dispositiva de nuestro escrito de demanda".
Y en lo que aquí interesa, la parte dispositiva del escrito de demanda es del tenor siguiente:
"QUINTO.- Al derecho de mi principal interesa la modificación de medidas en cuanto a la guarda y custodia y régimen de visitas y pensión de alimentos y pensión compensatoria recogida en dicha sentencia en los siguientes términos:
"1.- Se modifique la cuantía de la pensión alimenticia establecida a favor de la hija menor de mi representado, fijándola, atendidas la circunstancias