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TS, Sala Segunda, de lo Penal, Pleno, n.º , 436/2017, de 15 de junio. Recurso 2122/2016

Ponente: ANTONIO DEL MORAL GARCIA
SP/SENT/906980
 Aunque el trayecto recorrido no haya sobrepasado los dos metros, estando el conductor bajo la influencia del alcohol, se cumple el elemento de la conducción punible
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El Juzgado de lo Penal nº 3 de A Coruña incoó Diligencias Urgentes nº 322/2016 (Juicio Rápido nº 76/16) contra Luis por un delito de conducción bajo influencia de bebidas alcohólicas y otro de resistencia, dictándose sentencia cuyos Hechos probados son los siguientes:
«ÚNICO.- Sobre las 03:59 horas del día 14 de marzo de 2016, el acusado, Luis , mayor de edad y con antecedentes penales computables a efectos de reincidencia ya que fue condenado en dos ocasiones por delitos de conducción bajo la influencia del alcohol (Sentencia firme de 26/2/10 del J. Instrucción núm 2 de esta ciudad, a las penas de multa (que extinguió el 3/10/14 del J. Instrucción núm. 6 de esta ciudad, a las penas de trabajos en beneficio de la comunidad (que extinguió el 3/10/14) y 8 meses de privación de permiso y sentencia firme de 30/5/14 del J. Instrucción núm. 6 de esta ciudad, a las penas de trabajos en beneficio de la comunidad (que extinguió el 1/03/15) y 10 meses de privación de permiso (que extinguió el 25/3/15), se presentó en las dependencias de la Policía Local de Arteixo y comenzó a pedir que le abrieran la puerta. Como quiera que, en un primer momento, nadie le abrió, el acusado, teniendo sus facultades afectadas por haber consumido bebidas alcohólicas, lo que le incapacitaba física y psíquicamente para la conducción, puso en marcha su vehículo MERCEDES BENZ C 180 con matrícula .... DDS con la intención de irse del lugar, dando marcha atrás y recorriendo unos metros.