CARGANDO...

TEDH, Sec. 3.ª, de 13 de febrero de 2018. Recurso 1653/2013

Ponente: Helena Jaderblom
SP/SENT/943013
 Las lesiones a los demandantes se produjeron cuando se encontraban en manos de la Guardia Civil, sin que se hayan dado argumentos convincentes que las expliquen o justifiquen
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 La nueva valoración de pruebas personales la realizó el Tribunal Supremo no de forma directa y en contradicción con las conclusiones del tribunal de instancia
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 El Tribunal Supremo en su sentencia apartó la versión de los demandantes sin determinar si el recurso a la fuerza por los agentes de la Guardia Civil fue necesario y proporcionado
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
I. LAS CIRCUNSTANCIAS DEL CASO
5. Los demandantes nacieron en 1978 y 1977 y están encarcelados en Córdoba y Jaén, respectivamente.
A. Hechos alegados por los demandantes
6. El día 6 de enero de 2008, hacia las 10,30h, los demandantes fueron arrestados en Mondragón (Guipúzcoa, País Vasco) por miembros del Grupo de Acción Rápida de la Guardia Civil especializado en la lucha contra el terrorismo.
7. Introducidos en sendos vehículos, los demandantes fueron golpeados, insultados y amenazados por los guardias civiles que los custodiaban.
8. Los vehículos se dirigieron hacia una pista forestal que se encontraba en las proximidades, cerca de un rio.
9. Los guardias civiles que custodiaban al segundo demandante le bajaron del vehículo y le tiraron cuesta abajo en dirección al río. Cuando este cayó al suelo, le propinaron patadas en los costados y en las piernas y puñetazos en todo el cuerpo, y con una bota le mantuvieron la cabeza contra el suelo. Los guardias civiles le colocaron una pistola en la sien diciéndole que "le iban a hacer lo mismo que a M.Z.", torturado y asesinado en 1985. De nuevo en el vehículo, estando esposado con las manos en la espalda, los guardias civiles le golpearon en la cara y le dieron reiteradas patadas alcanzando su hemitórax y antebrazo derechos.
10. Tras volver a