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TSJ País Vasco, Sala de lo Civil y Penal, Sec. 1.ª, 13/2018, de 7 de mayo. Recurso 52/2017

Ponente: FRANCISCO DE BORJA IRIARTE ANGEL
SP/SENT/960621
 Los hechos probados en base a los indicios relatan que cuando el acusado estaba en la vivienda, como venganza contra su esposa, clavó a su hijo con intención de matarle un cuchillo de 11 cm de longitud y 2 cm de anchura, provocándole la muerte
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 No procede aplicar atenuante de dilaciones indebidas; por una parte no es el momento procesal oportuno y por otra, el plazo en el que se ha desarrollado el proceso es razonable habida cuenta de la complejidad del mismo
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La Audiencia Provincial de Gipuzkoa -Sección Primera-, dictó con fecha 11 de julio de 2017 sentencia cuyo fallo dice textualmente:
"1º.- CONDENO a Segundo , como autor responsable de un delito de asesinato tipificado en el artículo 139-1º del Código Penal , en su redacción vigente en la fecha de los hechos, con la circunstancia agravante de parentesco, a las penas de:
DIECINUEVE AÑOS DE PRISIÓN,
Inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena.
Inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad sobre sus hijos Felix , Indalecio y María del Pilar durante el tiempo de la condena.
Prohibición de acercamiento a Juana y a sus tres hijos Felix , Indalecio y María del Pilar en un radio de 500 metros, y prohibición de comunicación con ellos por cualquier medio durante 21 años, que se cumplirán de forma simultánea a la pena de prisión.
2º.- CONDENO a Segundo a indemnizar a:
Juana en la cantidad de 200.000 euros,
Felix , en la de 38.000 euros,
Indalecio , en la de 38.000 euros y
María del Pilar , en 38.000 euros.
Tales cantidades devengarán un interés anual igual al interés legal del dinero incrementado en dos puntos, desde la fecha de esta senten