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TS, Sala Segunda, de lo Penal, 115/2019, de 5 de marzo. Recurso 405/2018

Ponente: CARMEN LAMELA DIAZ
SP/SENT/993955
 No se deduce ánimo de apropiación; tras la renegociación de la deuda, el acusado abonó gran parte de la misma y cuando dejó de pagar ofreció a la aseguradora que esta cobrase directamente las primas de los seguros concertados
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El Juzgado de Instrucción número 9 de Zaragoza, incoo Diligencias Previas con el número 1887/2013, por delito de apropiación indebida, contra Don Isidoro , siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal, Liberty Seguros S.A. y responsable civil directa la Compañía Lloyd's, y, concluso, lo remitió a la Audiencia Provincial de Zaragoza cuya Sección Tercera dictó, en el Rollo de Sala nº 56/2017, sentencia en fecha 28 de diciembre de 2017 , con los siguientes hechos probados:
"" PRIMERO.- Isidoro , mayor de edad y sin antecedentes penales, que es corredor de seguros y tiene a su cargo una correduría, otorgó en el año 2008 con la Compañía Liberty Seguros un contrato de corretaje por el cual Isidoro proporcionaba clientes a Liberty gestionando él los contratos de seguro con los clientes, cobrando las primas y liquidando con la Compañía periódicamente las mismas una vez descontadas sus correspondientes comisiones.
SEGUNDO.- Entre los años 2008 y 2013 el 90% de la cartera de clientes aportada Por Isidoro a Liberty la constituía el Grupo Maquinza S.A. compuesto, a su vez, por Valqui S.A. e Hidra Maq S.L. grupo de empresas que se dedican al alquiler de maquinaria de obras y que concertó a través de Isidoro diversas clases de seguro con Liberty como los de circulación, de responsabilidad civil, de averías y de las naves facturando durante los años que contrató con Liberty Seguros aproximadamente unos 500.000E anuales.
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