CARGANDO...
SP/DOCT/105399

Artículo Monográfico. Marzo 2020

Régimen de la prueba en materia de responsabilidad por los daños causados por productos defectuosos

Rut González Hernández. Profesora de Derecho civil. Real Centro Universitario Escorial-María Cristina (adscrito a la Universidad Complutense de Madrid)
RESUMEN

La STJUE de 21 de junio de 2017 viene a dar respuesta a una cuestión prejudicial planteada por la Corte de Casación francesa en relación con la interpretación del art. 4 de la Directiva 85/374, sobre responsabilidad por los daños causados por productos defectuosos, en concreto, qué régimen probatorio nacional es compatible con lo dispuesto en la misma para no desvirtuar la carga probatoria. Analiza la sentencia las circunstancias sobre las que la prueba por presunciones pueda llevar al Tribunal nacional a considerar que el perjudicado ha dado cumplimiento a la carga de la prueba cuando la investigación médica no ha demostrado ni refutado la relación de causalidad entre la vacuna y la enfermedad.

PALABRAS CLAVE

Vacuna defectuosa, carga de la prueba, relación de causalidad, daño sufrido por el perjudicado, presunciones.

Sentencia objeto de comentario
STJUE, N.W, L.W, C.W c. Sanofi Pasteur MSD SNC, Caisse primaire d'assurance maladie des Hauts-de-Seine, Carpimko, C-621/15, de 21 de junio de 2017.
1. Introducción
La cuestión prejudicial es planteada por la Corte de casación francesa en relación con la posible responsabilidad de Sanofi Pasteur debido a los daños causados por una vacuna contra la hepatitis B, supuestamente defectuosa, fabricada por dicha empresa farmacéutica y administrada al Sr. W en tres inyecciones entre diciembre de 1998 y julio de 1999, que, tras la última de ellas, comenzó a presentar diversas dolencias y a raíz de las cuales fue diagnosticado de esclerosis múltiple en noviembre de 2000. Este padecimiento le impedía ejercer una actividad profesional, al mismo tiempo que le provocaba un empeoramiento cada vez mayor de su estado de salud, derivando en una discapacidad funcional del 90 % y, finalmente, su fallecimiento, en octubre de 2011.
En el año 2006, el Sr. W y sus familiares interpusieron una demanda contra Sanofi Pasteur en la que solicitaban que se condenara a este laboratorio a indemnizar los daños sufridos por la administración de la vacuna. Aducían que la concomitancia entre la vacuna y la aparición de la esclerosis múltiple, así como la inexistencia de antecedentes personales y familiares del Sr. W, debían considerarse presunciones sólidas, concretas y concordantes para demostrar la existencia del defecto de vacuna y la relación de causalidad con la aparición de la enfermedad. La jurisprudencia del Tribunal de Casación de Francia en el ámbito de la responsabilidad de los laboratorios farmacéuticos por los daños causados por las vacunas