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SP/DOCT/106669

Artículo Monográfico. Junio 2020

Procedimientos ante controversias en las comunidades de vecinos

Luis Pérez Losa. Juez adscrito al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña
RESUMEN

Las Comunidades de Propietarios generan controversias para cuya resolución la legislación vigente establece diversos procedimientos. En este trabajo se analizan los elementos más relevantes de esos procedimientos, porque solo conociéndolos se puede obtener la tutela judicial efectiva. Se destaca la utilidad del juicio monitorio para reclamar cuotas, los trámites y requisitos para el resto de procedimientos, la importancia de solicitar las pertinentes medidas cautelares, y la necesidad de tener presentes los plazos para el ejercicio de las correspondientes acciones, teniendo en cuenta la suspensión de plazos por el COVID-19.

The homeowners associations generate controversies for whose resolution the current legislation establishes various procedures. This work analyzes the most relevant elements of these procedures, because only by knowing them can effective judicial protection be obtained. It highlights the usefulness of order for payment procedure to claim Community quotas, the procedures and requirements for the rest of the procedures, the importance of requesting the pertinent precautionary measures and the need to take into account the deadlines for the exercise of the corresponding actions, considering the suspension of deadlines by COVID-19.

PALABRAS CLAVE

Procedimientos, Comunidades de Propietarios, propiedad horizontal

Procedures, homeowners association, commonhold property

I. Introducción
Para la tramitación de las controversias en las Comunidades de Propietarios, la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal, hace referencia al declarativo ordinario, al monitorio y al juicio de equidad como los cauces procesales existentes ante controversias comunitarias. La Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, añade el declarativo verbal. Para el ámbito de Cataluña, la Ley 5/2006, de 10 de mayo, del Libro Quinto del Código Civil de Cataluña, relativo a los derechos reales, solo hace referencia al proceso monitorio para reclamar ante impago de gastos comunes.
Estos procedimientos pueden agruparse en dos:
1. Los que pretenden reclamación de cantidad, lo cual puede hacerse por la vía del declarativo verbal, si la cuantía no excede de 6.000 euros (art. 250.2 LEC), del declarativo ordinario, si excede de dicho importe (art. 249.1.8 LEC) y del monitorio (arts. 21 LPH y 553-47 CCCat).
2. Y los que se incoan por razón de la materia, siendo estos el declarativo ordinario (art. 249.1.8 LEC) y el juicio de equidad (art. 13.2 y 17.7 LPH).
II. Procedimientos por cuantía
Por lo que argumentaré, acostumbra a ser el juicio monitorio el elegido para reclamar cuotas comunitarias.
No obstante, creo que es relevante para la práctica del derecho conocer algunas particularidades de los declarativos, porque, si no se tienen en consideración, la demanda o la contestación pueden verse seriamente afectadas.