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SP/DOCT/19854

Artículo Monográfico. Enero 2016

Cláusulas abusivas y cosa juzgada

Antonio Fraga Mandián. Magistrado Juez del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 8 de A Coruña
I. Introducción
El objeto del presente artículo va a ser examinar el instituto de la cosa juzgada cuando estamos en presencia de cláusulas abusivas y, concretamente, cómo opera aquel en tres tipos de procedimiento: 1.º En la ejecución sobre bienes hipotecados o pignorados (art. 695.1.4.ª, 3 y 4 LEC). 2.º En el proceso de ejecución ordinaria (arts. 552.1, párrafo segundo, 557.1.7.ª y 561 LEC). Y c) En el procedimiento monitorio (nuevo apdo. 4 del art. 815 LEC incorporado por la Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la LEC).
II. Ejecución hipotecaria y pignoraticia
Tras la reforma operada por la Ley 1/2013, el art. 695.4 LEC determinaba: "4. Contra el auto que ordene el sobreseimiento de la ejecución o la inaplicación de una cláusula abusiva podrá interponerse recurso de apelación.
Fuera de estos casos, los autos que decidan la oposición a que se refiere este artículo no serán susceptibles de recurso alguno y sus efectos se circunscribirán exclusivamente al proceso de ejecución en que se dicten".
Una lectura detenida del precepto nos produjo en su momento perplejidad, y así lo expusimos en el artículo "Modificaciones operadas en el procedimiento de ejecución tras las SSTJUE de 14 de marzo de 2013 y 17 de julio de 20142", que puede consultarse en www.sepin.es, con la referencia SP/DOCT/18718.
Entre otras cuestiones, afirmábamos que el párrafo segundo del art. 695.4 LEC nos generaba asombro. Comenzaba y comienza estableciendo tal precepto que "Fuera de estos casos (...)", referidos obviamente a los del párrafo primero, los autos que deciden la oposición circunscribirán sus efectos "(...) exclusivamente al proceso de ejecución en que se dicten". En otras palabras, y a contrario sensu, el auto que ordena el sobreseimiento de la ejecución por abusividad de la cláusula que fundamenta la ejecución o la inaplicación de una cláusula abusiva produce efectos de cosa juzgada, pues en tal caso sus efect