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TS, Sala Primera, de lo Civil, 331/2019, de 10 de junio. Recurso 3352/2016

Ponente: EDUARDO BAENA RUIZ
SP/SENT/1009366
 El deber del abogado de informar sobre el plazo para interponer el recurso de alza se cumplió siendo el cliente el que accedió, por su propia negligencia, a la información cuando ya había pasado el plazo
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia.
1.- La procuradora de los tribunales D.ª Rosario Rodríguez Guerrero, en nombre y representación de Servicios y Consultas Médicas, S.L. interpuso demanda en reclamación de daños y perjuicios contra D. Rogelio . En el suplico de la demanda solicitó al Juzgado:
"1.- Por concepto de daños morales por la pérdida de imagen empresarial, se solicita una indemnización de 12.000 euros, subsidiariamente cuantificable en la cantidad que discrecionalmente fije el Tribunal en uso de sus facultades moderadoras.
"2.- Por el concepto de daños morales por la pérdida del derecho a la tutela judicial efectiva. , se solicita una indemnización de 25.000 euros, subsidiariamente cuantificable en la cantidad que discrecionalmente fije el Tribunal en uso de sus facultades moderadoras.
"3.- Por el pago de honorarios al Letrado demandado, la suma de 500,00 euros.
"4.- Por el perjuicio material consistente en el pago de la sanción e intereses, más gastos de aval bancario, la suma de 45.716,00 euros.
"5.- Por el concepto de lucro cesante derivado del cierre de una rama de la actividad empresarial, la suma total de 27.253,50 euros, equivalente a un mes por año de funcionamiento sobre el promedio de ventas, a razón de 13.626,75 euros por dos años, subsidiariamente cuantificable en la cantida