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TC, Pleno, 72/2018, de 21 de junio. Recurso 1393/2018. Con Comentarios

Ponente: Alfredo Montoya Melgar
SP/SENT/963714
 Derecho a tutela judicial efectiva: inconstitucionalidad y nulidad del primer párrafo del art. 188.1 de Ley 36/2011 al no contemplar la intervención judicial en la revisión de resoluciones de los Letrados de la Administración de Justicia
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ANTECEDENTES DE HECHO
1. Mediante providencia de 10 de abril de 2018, el Pleno de este Tribunal admitió a trámite una cuestión interna de inconstitucionalidad planteada por su Sala Segunda en el recurso de amparo núm. 1656-2017, en relación con el artículo 188, apartado primero, párrafo primero de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (LJS), por posible vulneración del artículo 24.1 CE.
2. Los antecedentes de la presente cuestión interna de inconstitucionalidad son los que a continuación se resumen.
a) El 3 de abril de 2017 tuvo entrada en el registro general de este Tribunal escrito del Procurador de los Tribunales don Pablo José Trujillo Castellano, actuando en nombre y representación de doña S.F.M., por el que se interponía recurso de amparo contra el decreto de la Secretaría de Justicia de la Sección Segunda de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, de 7 de febrero de 2017, por el que se desestimó el recurso de reposición interpuesto contra la diligencia de ordenación dictada por la misma Secretaría de Justicia, el 1 de septiembre de 2016, que tuvo por no formalizado por dicha parte procesal, el escrito de impugnación del recurso de casación para la unificación de doctrina promovido en su contra por la entidad Bankia, S.A.
Los hechos de los que trae causa el recurso de amparo (tramitado ante la Sala Segunda de este Tribunal con el núm. 1656-2017) son, en síntesis, los siguientes:
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