CARGANDO...

AP Pontevedra, Sec. 1.ª, 597/2019, de 6 de noviembre. Recurso 598/2019

Ponente: MANUEL ALMENAR BELENGUER
SP/SENT/1030215
 Teniendo en cuenta que hay un acuerdo de la comunidad posterior a la demanda, que deja sin efecto el acuerdo impugnado, hay una pérdida sobrevenida de objeto del pelito y no puede continuar el procedimiento judicial
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 15 de enero de 2019, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 2 de Tui pronunció en los autos originales de juicio ordinario de los que dimana el presente rollo de apelación, sentencia cuya parte dispositiva, literalmente copiada, decía:
" Que desestimo íntegramente la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales Doña Gemma Alonso Fernández, actuando en nombre y representación de DOÑA Milagros y de DOÑA Ofelia, absolviendo a la "Comunidad de propietarios EDIFICIO000" de las pretensiones formuladas en su contra.
No se imponen las costas a ninguna de las partes."
SEGUNDO.- Notificada la resolución a las partes, por la representación de la demandante se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación mediante escrito presentado el 16 de febrero de 2019 y por el que, tras alegar los hechos y razonamientos jurídicos que estimó de aplicación, terminaba suplicando que se tenga por interpuesto, en tiempo y forma, recurso de apelación, y, previos los trámites legales, se dicte sentencia por la que se estime el recurso y se revoque la de instancia a fin de estimar íntegramente la demanda, imponiendo las costas de la primera instancia a la demandada.
TERCERO.- Admitido a trámite el recurso interpuesto por la demandada, se dio traslado a la demandada, que se opuso al mismo en virtud de escrito presentado el 21 de mayo de 2019 y por el que