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AP Madrid, Sec. 14.ª, 28/2020, de 11 de febrero. Recurso 449/2019

Ponente: SAGRARIO ARROYO GARCIA
SP/SENT/1045363
 Estando autorizado por la comunidad el cerramiento de la terraza pero no la integración de la misma en el salón de la vivienda derribando el muro de fachada, procede declara la ilegalidad de las obras
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Coslada se dictó Sentencia de fecha 26/03/2019, cuyo fallo es del tenor siguiente: " Que DEBO ESTIMAR Y ESTIMO la demanda interpuesta por la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DIRECCION000 Nº NUM000 Y DIRECCION001 Nº NUM001 DE VELILLA DE SAN ANTONIO, representada por la Procuradora de los Tribunales Dª Concepción Moreno Rubiato, contra Dª Carmen, representada por la Procuradora de los Tribunales Dª María Teresa Morena Morena y en su consecuencia declarar la ilicitud de la obra no consentida expresamente por la comunidad de propietarios en la fachada del edificio, en el sentido expresado en el fundamento jurídico segundo, esto es, la demolición del muro y, condenar, asimismo, a la demandada a reponer el elemento común derribado a su estado original. La comunidad de propietarios tendrá derecho a certificar la obra. Las costas procesales serán satisfechas por la demandada".
SEGUNDO.- Notificada la mencionada resolución, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación de la demandada, al que se opuso la representación de la demandante, y tras dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la LEC, se remitieron las actuaciones a esta sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.
TERCERO.- Por Providencia de esta Sección, se acordó para deliberación, votación y fallo el día 4 de febrero de 2020.
CUARTO.- En