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AP Cáceres, Sec. 1.ª, 195/2020, de 5 de marzo. Recurso 190/2020

Ponente: ANTONIO MARIA GONZALEZ FLORIANO
SP/SENT/1050484
 Autorizado el presidente de la Comunidad de Propietarios por la Junta para interponer la demanda, el cambio de la persona que ejerce el cargo no afecta a la legitimación activa
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 En el anterior proceso el arquitecto fue llamado mediante intervención provocada sin que se ampliara la demandada contra él, y si bien, en aquel momento se declaró que la acción no estaba prescrita, si lo está ahora, al no existir interrupción alguna
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 El anterior proceso en el que únicamente se demandó a la promotora, no interrumpe la prescripción frente al resto de agentes no demandados en aquel y sí en el actual procedimiento
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 Las humedades por capilaridad y en elementos en contacto con el terreno y las condensaciones en carpintería, son daños de carácter permanente, no de carácter continuado, pues sus efectos se pudieron determinar, aunque se agraven con el tiempo
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- Por el Juzgado de 1ª Instancia núm. 5 de Cáceres, en los Autos núm. 236/18, con fecha 20 de diciembre de 2019, se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"FALLO: ESTIMAR la demanda presentada por la Comunidad de Propietarios del DIRECCION000 representada por el copropietario y presidente del Comunidad de Propietarios D. Edemiro, así como de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL DIRECCION001, representada por el también copropietario y Presidente de la Comunidad de Propietarios D. Eulogio, con Procurador Sra. Josefa Morano Masa con letrado Sr. Braulio Caldera Andrada y de otra como demandado , D. Luis Carlos con procurador Sr. Enrique de Francisco Simón y letrado Sr. Javier Mora Maestu.
Se condena a D. Luis Carlos, a que repare las deficiencias constructivas de las que ha sido declarado responsable por sentencia firme nº 72/2016 de 3 de mayo de 2016 dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 Cáceres en el Procedimiento Ordinario nº 354/2016 y que se relacionan en el expositivo quinto de esta demanda, reparación que habrá de realizarse en la forma también prevista en la referida resolución judicial, incluido el coste de los gastos que sean necesarios para el inicio de las obras de reparación, el coste de proyecto o documento técnico necesario, los gastos de dirección técnica y licencias administrativas, y los que fueran necesarios para la ejecución de dichas obras.
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