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AP Lleida, Sec. 2.ª, 91/2017, de 23 de febrero. Recurso 750/2015

Ponente: ALBERT MONTELL GARCIA
SP/SENT/901595
 La comunidad no incumplió su deber de entregar la documentación a los comuneros ya que una vez solicitada y pedida la aclaración por la presidenta sobre si se iba a realizar auditoría sobre ella, éstos no responden
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 Es correcto mantener de presidenta a quien lo ha sido durante 10 años porque no se ha presentado ningún otro candidato y los comuneros han manifestado estar de acuerdo con el nombramiento
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMER. La transcripció literal de la part dispositiva de la sentència dictada en data vuit de juny de dos mil quinze , és la següent:
" FALLO
ESTIMO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por Micaela , Penélope , Rubén , María Consuelo , Trinidad , Luis Angel , Jose María , Eulalia , Sagrario , Modesto , Guillerma , Severiano , Lorenza , Y Almudena , contra la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE DIRECCION000 NÚM NUM000 sito en CALLE000 número NUM001 de Almenar, y en consecuencia, declaro nulo el acuerdo segundo adoptado en la Junta General Ordinaria de 3 de Octubre de 2013 por el que en caso de que los propietarios no se presenten en el acto de conciliación, se presumirá que la firma no es fidedigna.
Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad. [...]"
SEGON. Contra l'anterior sentència, Eulalia , Ismael , Guillerma , Lorenza , Leopoldo , Micaela , Penélope , Modesto , Sagrario , Trinidad , Prudencio , Rubén , Severiano , María Consuelo , Almudena , Jose María , Belinda i Luis Angel van interposar un recurs d'apel lació, que el Jutjat va admetre, i un cop seguits els tràmits de rigor va trametre les actuacions a aquesta Audiència, Secció Segona.
TERCER. La Sala va decidir formar rotlle i va designar magistrat/ada ponent, al qual es van lliurar les actuacions perquè, després de deliberar, proposés a la Sala la reso