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TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1.ª, 4562/2018, de 7 de septiembre. Recurso 3145/2018

Ponente: CARLOS HUGO PRECIADO DOMENECH
SP/SENT/976757
 Cuantificación de indemnización de daños y perjuicios por accidente laboral: valoración del daño con arreglo al Anexo del RD Legislativo 8/2004 del Baremo; validez del criterio al no ser erróneo ni desproporcionado: 50% por cada aseguradora
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 Indemnización por IPT pactada conforme a Convenio y no asimilada a responsabilidad civil: conceptos indemnizatorios diversos no compensables por daños morales
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Reclamación cantidad, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 27 de octubre de 2016, que contenía el siguiente Fallo:
"Que estimo parcialmente la demanda formulada por D. Baldomero y en consecuencia condeno a LOGIPOINT S.L. a abonar a la parte demandante 300 euros y a su aseguradora MAPFRE SEGUROS COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. a abonar a la parte demandante la suma de 18.280,42 EUROS."
SEGUNDO.- En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:
" 1º.- La parte demandante, nacida el 2 de octubre de 1963 , prestaba servicios como gruista para LOGIPOINT S.L. contratada por KELLY SERVICES EMPLEO ETT S.L., ( cuya aseguradora era ACE EUROPEAN GROPUP LIMITED) , en virtud de un contrato de puesta a disposición, cuando en fecha de 4 de diciembre de 2007 sufrió un accidente de trabajo . En las nóminas consta que su categoría era la de mozo especialista. La parte demandante se encontraba en el almacén y se disponía a preparar la mercancía , consistente en cristales de grandes dimensiones , con el fin de sacarla del contenedor de dos metros de altura . Para realizar esta acción se subió a una escalera articulada de tijer