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TS, Sala Primera, de lo Civil, 389/2019, de 3 de julio. Recurso 3066/2016

Ponente: PEDRO JOSE VELA TORRES
SP/SENT/1011576
 Que la Ley de Patentes de 1986 no contuviera una previsión similar al vigente art. 120.4 de la 2015, que permite que una patente modificada durante el curso de un proceso pueda seguir sirviendo de base a dicho proceso, no significa que lo prohibiera
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 Incongruencia extra petita debe ser denunciado no sólo con cita del art 218.1 LEC, sino también con invocación del cauce procesal correcto, ordinal 2º del art 469, y no del 4º
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 El estado de la técnica pueda ser objeto de control en casación no significa que ello permita una nueva revisión de la prueba para sustituir el criterio del tribunal de apelación
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 Una invención es nueva cuando no está comprendida en el estado de la técnica, y éste está constituido por todo lo que antes de la fecha de presentación de la solicitud de patente europea se ha hecho accesible al público
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 Al objeto de juzgar sobre la actividad inventiva, el criterio correcto a aplicar no es si el objeto reivindicado le habría resultado obvio a una persona inventiva sino si hubiera resultado obvio a una persona competente pero no imaginativa
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 Una patente se infringe si la realización cuestionada entra dentro del alcance de la protección de alguna de las reivindicaciones de la patente, por identidad o por equivalencia
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia
1.- La procuradora D.ª Basilia Puertas Medina, en nombre y representación de Danstar Ferment A.G y de Lallemand Bio S.L., interpuso demanda de juicio ordinario contra Agrovin S.A., en la que solicitaba se dictara sentencia:
"con los siguientes pronunciamientos:
"1) Que declare que el producto Actimax Bio comercializado por la demandada infringe la patente de mi mandante y, en consecuencia, le ordene el cese en la fabricación, comercialización y difusión publicitaria de dicho producto;
"2) Subsidiariamente, que declare que el producto Actimax Bio comercializado por la demandada constituye un medio para la puesta en práctica del procedimiento de rehidratación de levaduras secas activas patentado por mi mandante, relativo a un elemento esencial del mismo, que la demandada ofrece a sus clientes con conocimiento de que es apto para la puesta en práctica de la invención y está destinado a ella, y que, además recomienda a sus clientes la realización de actos contrarios al derecho de exclusiva de mi mandante y, en consecuencia, le ordene el cese en la fabricación, comercialización y difusión publicitaria de dicho producto y la realización de cualquier recomendación de utilización del procedimiento patentado por mi mandante;
"3) Que declare que la demandada utiliza, instruye y recomienda a terceros la ut