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TS, Sala Primera, de lo Civil, 51/2018, de 31 de enero. Recurso 2542/2015

Ponente: PEDRO JOSE VELA TORRES
SP/SENT/937833
 Ni el canje obligatorio de las PPR por acciones ni su posterior venta al FGD implican convalidación del contrato o actos propios, pues no existía otra alternativa razonable para los adquirentes minoristas
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 Nulidad del contrato de adquisición de PPR por error esencial, pues no se informó debidamente y además la entidad bancaria sabía que eran clientes minoristas conservadores con experiencia solo en imposiciones a plazo fijo
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia
1.- La procuradora D.ª M.ª Ángeles Vázquez Lucena, en nombre y representación de D. Ambrosio y D.ª Rocío , interpuso demanda de juicio ordinario contra Catalunya Banc S.A. (antigua Catalunya Caixa) en la que solicitaba se dictara sentencia por la que, estimando la demanda:
«1º) Se declare la NULIDAD ABSOLUTA del contrato de participaciones preferentes suscrito entre nuestra representada, y la demandada, LA ENTIDAD BANCARIA CATALUNYA BANC, S.A., (ANTIGUA CATALUNYA CAIXA), por ausencia de consentimiento ( Artículos 1.261 y concordantes del Código Civil ), y se condene a la entidad financiera demandada a reintegrar a mis mandantes la cantidad de SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE EUROS CON CINCUENTA Y SIETE CÉNTIMOS (7.339,57 euros), importe del capital originariamente depositado, más los intereses legales devengados desde la fecha de la firma de cada uno de los contratos en relación a su principal (11.000 euros) hasta que se dicte sentencia definitiva, todo ello descontando los intereses que se hayan recibido por la actora.
»2º) Subsidiariamente, y para el improbable supuesto de que por SSª no se acoja el suplico anterior, se declare la NULIDAD RELATIVA O ANULABILIDAD del contrato de participaciones preferentes correspondientes a nuestros representados, existentes con la demandada, LA ENTIDAD BANCARIA CATALUNYA BANC, S.A. (ANTIGUA CATALUNYA CAIXA) por error en