CARGANDO...

Juzgado de lo Social Guadalajara, n.º 1, 336/2019, de 20 de agosto. Recurso 59/2018

Ponente: MARIA PILAR GISMERA CATALINAS
SP/SENT/1020419
 Inexistencia de prescripción larga: la empresa tiene conocimiento de los hechos a partir de la instalación de las cámaras de videovigilancia oculta
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 Despido nulo por violación de la intimidad: carretillera bajo videovigilancia secreta sin puesta en conocimiento a trabajadores ni al comité, ni advertencia de la instalación; sustracción reiterada de cajas sin consentimiento empresarial; no acoso
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 Reclamación de cantidad en la parte proporcional de vacaciones: estimación parcial con el abono de la diferencia a su favor incrementado en el 10% del interés por mora
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Que en fecha 22/01/2018 fue repartida a este Juzgado demanda sobre DESPIDO; la parte actora tras citar los hechos y fundamentos de derecho que estimaba aplicables al caso terminaba por suplicar se dictase sentencia por la que estimase la demanda conforme a sus pretensiones.
SEGUNDO.- La demanda ha sido admitida a trámite, señalándose día y hora para el acto de conciliación judicial y, en su caso, juicio. La actora se ha afirmado y ratificado en sus pedimentos y suplico de la demanda y la parte demandada se ha opuesto.
La parte actora desiste en el acto del juicio oral de la demanda frente a la empresa AGIO GLOBAL ETT.
Recibido el pleito a prueba, se han practicado las pruebas admitidas y declaradas pertinentes, seguidamente las partes han elevado sus conclusiones a definitivas con el resultado que obra en la grabación audiovisual del juicio.
TERCERO.- En la tramitación del procedimiento se han observado todas las prescripciones legales, excepto el plazo para dictar sentencia debido a la situación de enfermedad de esta juzgadora.
PRIMERO.- La actora DOÑA Lucía , con DNI NUM000 , presta servicios para la empresa OPTIMAL CARE SA desde el 4-11-2009 , en virtud de contrato de puesta a disposición suscrito con la empresa AGIO GLOBAL ETT y desde el 6 de febrero de 2011 en virtud de contratos temporal convertido en indefinido. La antigüedad de la acto