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SP/DOCT/70065

Artículo Monográfico. Febrero 2019

Naturaleza jurídica del contrato de deportista profesional: perfección del contrato

Víctor Manuel Seligrat González. Doctor en Derecho Civil y del Deporte
1. Requisitos formales en la perfección. Exigencia de forma escrita y efectos de su incumplimiento
El art. 3.1 del Real Decreto 1006/1985 exige la forma escrita del contrato de trabajo del deportista profesional, al indicar que "El contrato se formalizará por escrito en triplicado ejemplar". Sin embargo, se plantea la diatriba sobre si esta obligación es a efectos probatorios (y de seguridad del deportista) sobre la existencia de la relación laboral especial de deportista profesional, y si, por el contrario, supone en realidad un auténtico requisito esencial del contrato, de manera que este no se vería perfeccionado sin el mismo. La postura mayoritaria se muestra proclive a considerar que se trata de una forma exigida a efectos de prueba, es decir, que supone un requisito ad probationem Nota . No obstante, hay quien considera que estamos ante un requisito ad solemnitatem, de manera que, si se prescinde de la forma escrita, el contrato d