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TJCE/TJUE, Sala Tercera, de 8 de mayo de 2019. Recurso C-161/18

Ponente: integrado por A. Prechal
SP/SENT/1000854
 Discriminación indirecta por razón de sexo; cálculo de pensión de jubilación aplicando un coeficiente de parcialidad por el trabajo a tiempo parcial reducido: reducción del importe respecto a la jornada realizada por trabajadores a tiempo completo
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ANTECEDENTES DE HECHO
La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 21 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Carta») y del artículo 4 de la Directiva 79/7/CEE del Consejo, de 19 de diciembre de 1978, relativa a la aplicación progresiva del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en materias de seguridad social (DO 1979, L 6, p. 24; EE 05/02, p. 174).
Esta petición se ha presentado en el contexto de un litigio entre la Sra. Violeta Villar Láiz, por una parte, y el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), por otra, en relación con el cálculo de su pensión de jubilación.
Marco jurídico
Derecho de la Unión
Directiva 79/7
El artículo 1 de la Directiva 79/7 dispone lo siguiente:
«La presente Directiva contempla la aplicación progresiva, dentro del ámbito de la seguridad social y otros elementos de protección social previstos en el artículo 3, del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de seguridad social, denominado en lo sucesivo "principio de igualdad de trato".»
Con arreglo al artículo 3, apartado 1, de esta Directiva:
«La presente Directiva se aplicará:
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