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TSJ Andalucía, Sevilla, Sala de lo Social, Sec. 1.ª, 858/2019, de 21 de marzo. Recurso 4420/2017

Ponente: LUIS LOZANO MORENO
SP/SENT/1002070
 IT derivada de accidente de trabajo y no de enfermedad común: el trastorno bipolar y estado depresivo es subsiguiente al episodio hipomaníaco causado por el tratamiento con Inzitan prescrito para la IT por lumbalgia iniciada en el trabajo
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Según consta en autos, se presentó demanda por Dª Trinidad contra la recurrente, el Ayuntamiento de Córdoba y el Instituto Nacional de la Seguridad Social, se celebró el juicio y se dictó sentencia el día veintisiete de abril de 2017 por el Juzgado de referencia, en la que se estimó la demanda.
SEGUNDO.- En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:
PRIMERO.- Dña. Trinidad , con DNI NUM000 inició proceso de Incapacidad Temporal derivada de accidente de trabajo el día 11/06/2015 con diagnóstico de Contractura muscular lumbar, parte médico de baja extendido por el servicio médico de la Mutua Asepeyo, entidad con la que la empresa Ayuntamiento de Córdoba, para la cual prestaba servicios laborales la demandante, tiene aseguradas las contingencias profesionales de sus trabajadores. Como tratamiento médico se prescribió por el servicio médico de la Mutua la administración de Inzitan, Dexketoprofeno y Nolotil. La demandante recibió el alta médica por curación el 29/06/2015 (Documentos núms. 4, 5, 8 y 9 del expediente de la empresa y Documentos núms. 1, 2, 3 y 4 de la prueba más documental de la parte demandante).
Con fecha 06/07/2015 la demandante inició un nuevo proceso de Incapacidad Temporal, con baja médica expedida por el SAS, derivada de contingencias comunes (Documento núm. 6 del expediente de la empresa). En el expediente derivado de la situación de IT tramitado por el INSS