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TSJ Cantabria, Sala de lo Social, Sec. 1.ª, 316/2019, de 26 de abril. Recurso 237/2019

Ponente: ELENA PEREZ PEREZ
SP/SENT/1004716
 Revisión de hechos probados: desestimación; no son válidos el certificado de empresa al ser prueba testifical encubierta, los datos fiscales, ni la información de la aplicación del teléfono móvil; valoración conjunta de la documental y la testifical
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 Inexistencia de relación laboral: arrendamiento de servicios de reparto-recogida de paquetería, facturando distintos importes, sin exclusividad, usando sus medios, asumiendo los gastos a pesar de estar geolocalizado por aplicación móvil de la empresa
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- Según consta en autos se presentó demanda en materia de despido por D. Celso , siendo demandada la empresa, Besaya Express S.L. En su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 21 de enero de 2019 , en los términos que se recogen en su parte dispositiva.
SEGUNDO .- Como hechos probados se declararon los siguientes:
1º.- El 1-2-2017, el demandante y la demandada suscribieron este contrato :
"REUNIDOS
DE UNA PARTE : D. Dimas , con dni NUM000
Y DE OTRA : d. Celso con dni: NUM001
INTERVIENEN
El primero en nombre y representación de BESAYA EXPRESS S.l. con domicilio social en Torrelavega, calle Juan José Ruano, 2 y cif: B39767140, y el segundo en su propio nombre y representación, reconociéndose ambas partes capacidad suficiente para alcanzar los siguientes acuerdos.
EXPONEN
Que, ambas entidades tienen como objeto social el reparto y recogida de paquetería y tienen los permisos y autorizaciones necesarios para dicho fin.
Que, ambas partes desean llevar en lo sucesivo relaciones comerciales en base a los siguientes
ACUERDOS
PRIMERO : Que, la empresa Andrés Pérez Sobrao pre