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TS, Sala Cuarta, de lo Social, 400/2019, de 27 de mayo. Recurso 1518/2017

Ponente: JESUS GULLON RODRIGUEZ
SP/SENT/1009103
 Readmisión de representante de los trabajadores en caso de despido improcedente: tiene derecho a las vacaciones, además de los salarios de tramitación
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 23 de febrero de 2016, el Juzgado de lo Social núm. 28 de Madrid, dictó sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "Que desestimo la demanda de D. Victorino contra Telefónica de España S.A. y absuelvo a la parte demandada de las pretensiones deducidas en su contra".
En dicha sentencia se declararon probados los siguientes hechos: " Primero.- D. Victorino , parte actora en este procedimiento, presta sus servicios para la demandada, en las circunstancias que constan en su demanda, no debatidas en el juicio y que se tienen por reproducidas.- Segundo.- El actor como consecuencia de la tramitación de su despido estuvo sin prestar servicios, aunque recibiendo como compensación los salarios dejados de percibir, desde el día 1-2-12 al 4-2-15.- En caso de que le correspondiera la compensación económica de las vacaciones reclamadas en la demanda, ambas partes están de acuerdo en que las cantidades que le corresponderían serían 782'27 euros por los días correspondientes a las vacaciones de 2015 y 3.352'57 euros por las vacaciones de 2014.- Tercero.- Consta intento de conciliación administrativa previa".
SEGUNDO.- Interpuesto recurso de suplicación contra la anterior resolución, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia Madrid, dictó sentencia con fecha 18 de enero de 2017 , en la que consta la siguiente parte dispositiva: "Que desestimamos el Recurso de Suplicación número 4