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TS, Sala Cuarta, de lo Social, 578/2019, de 11 de julio. Recurso 58/2018

Ponente: JOSE MANUEL LOPEZ GARCIA DE LA SERRANA
SP/SENT/1014813
 Competencia objetiva de la Sala del TSJ de Andalucía: huelga; actos empresariales; actos de esquirolaje y otros ilícitos en la provincia de Sevilla en huelga convocada en cinco provincias andaluzas
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por la representación de la Federación Andaluza de Transportes y Comunicaciones de CGT de Andalucía se planteó demanda de tutela del derecho fundamental a la libertad sindical y de huelga de la que conoció la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Granada, y en la que tras exponer los hechos y motivos que estimaron de aplicación se terminó por suplicar se dictara sentencia por la que "1.- Que se declare vulnerado por ILUNION EMERGENCIAS el derecho fundamental A LA HUELGA Y A LA LIBERTAD SINDICAL de la ACTORA. 2.- Que se declare la nulidad de dichas decisiones y actuaciones, ordenándose el cese inmediato de la conducta lesiva del derecho fundamental. 3.- Que se reparen los daños y perjuicios causados, mediante el abono de la correspondiente indemnización que prudentemente ciframos en la suma de 9.000 €; más los costes del presente procedimiento judicial.".
SEGUNDO.- Por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Granada, se dictó auto en fecha 16 de octubre de 2017 , en el que consta la siguiente parte dispositiva: "Disponemos: Declarar la incompetencia objetiva y territorial de esta Sala para conocer de la demanda interpuesta por la FEDERACIÓN ANDALUZA DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES DE CGT ANDALUCÍA contra ILUNION EMERGENCIA SA, en tutela de derechos fundamentales, acordándose el archivo de las presentes actuaciones y previniendo a la demandante que deberá ejercitar su demanda an