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TSJ Baleares, Sala de lo Social, Sec. 1.ª, 238/2020, de 23 de julio. Recurso 83/2020

Ponente: ANTONI OLIVER REUS
SP/SENT/1067105
 Hostelería: derecho a mejora voluntaria por IP en los supuestos de declaración de incapacidad permanente sujeta a revisión: no es necesario que dicha declaración sea irreversible
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:
1º.-La demandante Dña. Eloisa, titular del DNI num. NUM000 prestó servicios por cuenta y bajo la dependencia de la empresa demandada Hotel Caribbean S.A. desde el 7 de julio de 1993.
2º.- Mediante resolución de fecha 4 de abril de 2018 la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social dictó resolución declarando a la demandante en situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual derivada de enfermedad común con derecho a percibir la prestación económica legalmente establecida.
El dictamen emitido por el EVI en fecha 21 de marzo de 2018 determinó la posibilidad de revisión del grado de incapacidad permanente reconocido por agravación o mejoría a partir del 1 de abril de 2019. El dictamen del EVI refiere también: Se prevé que la situación de incapacidad vaya a ser objeto de revisión por mejoría que permita a reincorporación al puesto de trabajo antes de dos años ( artículo 48.2 de R.D.Leg 2/2015 de 23 de octubre (BOE 24-10-2015).
3º.- El Art. 34 del Convenio Colectivo de Hosteleria de las Illes Balears, de aplicación al caso establece:
Las empresas deberán tener concertada una póliza de seguro que garantice a los trabajadores un capital de seis mil euros, a percibir por s