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AN, Sala de lo Social, Sec. 1.ª, 168/2018, de 8 de noviembre. Recurso 235/2018

Ponente: RAMON GALLO LLANOS
SP/SENT/979254
 Ayuda de comida: actualización: desestimación: el sistema de actualización ha sido dejado sin efecto por acuerdos colectivos posteriores
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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Según consta en autos, el día 31 de julio de 2018 se presentó demanda de UGT sobre conflicto colectivo, dicha demanda fue registrada bajo el número 235/2018.
Segundo.- Por Decreto de fecha 1 de agosto de 2018 se señaló el día 6 de noviembre de 2018 para la celebración de los autos de conciliación y juicio.
Tercero. - - Los actos de conciliación y juicio, tuvieron lugar el día previsto para su celebración, y resultando la conciliación sin avenencia, se inició el acto del juicio en el que:
El letrado de UGT tras afirmarse y ratificarse en su escrito de demanda solicitó se dictase sentencia en la que se declare la obligación de las empresas demandadas, de proceder a abonar a los trabajadores provenientes de HPE E 70, que tras los procesos de integración anteriores, prestan servicio en las empresas demandadas, a que se incremente el importe del Cheque Gourmet hasta la cantidad de 10,45 €; diarios, 95% del máximo legal permitido y exento a efectos del IRPF y, como consecuencia, se les aplique dicho importe de 10,45 euros diarios, como Ayuda comida, con efectos de 1 de enero de 2018, condenando a las mismas a estar y pasar por dicha declaración a todos los efectos legales oportunos.
Alegó que a consecuencia de la fusión de las empresas COMPAQ COMPUTER ESPAÑA, S.L. y HEWLETT PACKARD ESPAÑOLA, S.L se suscribieron el día 23-9-2003 un Compendio de Acuerdos de Integración- CIA- p