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TS, Sala Cuarta, de lo Social, 209/2019, de 13 de marzo. Recurso 233/2017

Ponente: MILAGROS CALVO IBARLUCEA
SP/SENT/996380
 Impugnación Actos Administrativos: aportación económica derivada de despido colectivo que afecta a trabajadores de más de 50 años; plazo de prescripción
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 Caducidad del procedimiento: inexistencia; se considera iniciado el procedimiento de liquidación en la fecha en que el SPEE efectúa la propuesta de liquidación
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 Cálculo de la aportación: cuando la empresa forma parte de un grupo empresarial esa deba ser la unidad de referencia
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el letrado D.Juan Spottorno Zuloaga en nombre y representación de Aeronaval de Construcciones e Instalaciones mediante escrito de fecha 12/6/2017 presentó demanda ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimaron de aplicación, terminaban suplicando que se anule la Resolución del Ministerio de Empleo y Seguridad Social de fecha 30 de noviembre de 2016.
SEGUNDO.- Admitida a trámite la demanda se celebró el acto del juicio en el que la parte actora se ratificó en la misma, oponiéndose la demandada, según consta en acta. Recibido el pleito a prueba, se practicaron las propuestas por las partes y declaradas pertinentes.
TERCERO.- Con fecha 24 de julio de 2017 la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, dictó sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "FALLO: Desestimando la demanda n° 492/2017 interpuesta por la representación letrada de AERONAVAL DE CONSTRUCCIONES E INSTALACIONES S.A. (anteriormente AGRUPACIÓN EMPRESAS AUTOMATISMO, MONTAJES Y SERVICIOS S.L.) contra el MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, en impugnación de ACTOS ADMINISTRATIVOS EN MATERIA LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL, absolvemos a la parte demandada de las pretensiones deducidas en la misma, confirmando la Resolución administrativa impugnada."
CUARTO.- En la anterior sentencia se declararo