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SP/DGT/67364

Consulta DGT V0199-19, de 30 de enero de 2019. Vinculante

Tributación en el IRPF de la devolución y de los intereses de demora.

SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
Normativa
Ley 35/2006. Art. 33
Descripción
El consultante era socio de una cooperativa de viviendas a la que había ido aportando cantidades periódicas para la adquisición de su respectiva vivienda. Al no cumplir la cooperativa lo pactado, se demanda judicialmente a las entidades financieras, obteniendo sentencia favorable en 2018 condenando a las entidades financieras a la devolución de las aportaciones más los intereses legales, sentencia que es recurrida por la parte condenada.
Cuestión
Tributación en el IRPF de la devolución y de los intereses de demora.
Contestación
El artículo 1 de la Ley 57/1968, de 27 de julio, sobre percibo de cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas (BOE del día 29) dispone lo siguiente:
"Las personas físicas y jurídicas que promuevan la construcción de viviendas que no sean de protección oficial, destinadas a domicilio o residencia familiar, con carácter permanente o bien a residencia de temporada, accidental o circunstancial y que pretendan obtener de los cesionarios entregas de dinero antes de iniciar la construcción o durante la misma, deberán cumplir las condiciones siguientes:
Primera.
Garantizar la devolución de las cantidades entregadas más el seis por ciento de interés anual, mediante contrato de seguro otorgado con Entidad aseguradora inscrita y autorizada en el Registro de la Subdirección General de Seguros o por aval solidario prestado por Entidad inscrita en el Registro de Bancos y Banqueros, o Caja de Ahorros, para el caso de que la construcción no se inicie o no llegue a buen fin por cualquier causa en el plazo convenido.
Segunda.
Percibir las cantidades anticipadas por los adquirentes a través de una Entidad bancaria o Caja de Ahorros, en las que habrán de depositarse en cuenta especial, con separación de cualquier otra clase de fondos pertenecientes al promotor y de las que únicamente podrá disponer para las atenciones derivadas de la construcción de