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SP/DOCT/105464

Artículo Monográfico. Junio 2020

Algunas reflexiones en torno a la tributación por IAE del comercio especializado en grandes superficies a propósito del cambio de doctrina producido a raíz de las recientes Resoluciones del TEAC de 25 de junio de 2019

José Ignacio Rubio de Urquía. Inspector de Hacienda del Estado (en excedencia). Ex Subdirector General de Tributos Locales (Ministerio de Hacienda). Abogado.
RESUMEN

Mediante el estudio de Resoluciones del TEAC de 29 de junio del 2019 se analiza la doctrina que, apartándose del tradicional criterio de la Dirección General de Tributos y del criterio de la extinta Dirección General de Coordinación con las Haciendas Territoriales, viene a disponer que las grandes superficies dedicadas a la venta y comercio especializado se han de clasificar en el Epígrafe 661.1 de las Tarifas del IAE, como si de grandes almacenes se tratare, cuestionando la procedencia en la actualidad de una reforma de la tributación por IAE de las grandes superficies especializadas.

PALABRAS CLAVE

IAE;Grandes Superficies;Epigrafe 661.1;Comercio especializado

En la compleja naturaleza de la norma jurídica se advierten elementos que pueden propiciar su devenir en el tráfico jurídico como si tuviera vida propia, no necesariamente consecuente con la razón de su creación y con su finalidad, debido ello, principalmente, a que cuando sale del órgano legislativo o reglamentario responsable de su autoría y salta a las páginas del periódico oficial correspondiente que la hace pública, queda al albur de multitud de circunstancias, a las que llamamos "interpretaciones", que la respetan o manosean , ensanchan o estrechan, reconocen o ignoran, potencian o minimizan, atendiendo, incluso, de tanto en tanto, a su ser primigenio, dependiendo siempre del quién y cómo en cada momento y lugar.
Hubo un tiempo en el que la interpretación auténtica de la norma tenía mucho peso específico en la resolución de los conflictos suscitados en torno a su aplicación, un tiempo en el que los "operadores jurídicos", como se les conoce ahora, camino de ser conocidos como "operarios jurídicos", buscaban, cada uno a su manera, que el conflicto se resolviera en razón a la intención del legislador, eso sí, según su particular versión de la intencionalidad creadora, lo que dejaba poco margen, he aquí lo importante, a la exégesis creativa o inventiva, voluntarista, partidista o tendenciosa, suplantadora en todo caso del papel reservado al regulador legal o reglamentario.
La decadencia de e