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AN, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 4.ª, de 3 de julio de 2019. Recurso 144/2017. Con Comentarios

Ponente: IGNACIO DE LA CUEVA ALEU
SP/SENT/1016968
 Acreditado el pacto de despido sin causa, la indemnización queda sujeta al IRPF y retención pese a suscribir el correspondiente acto con avenencia ante el Servicio de Conciliación y Mediación
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- La parte actora interpuso ante esta Sala con fecha de 16 de marzo de 2017, recurso contencioso-administrativo contra la resolución antes mencionada, que fue admitido a trámite mediante Decreto de fecha 5 de abril de 2017, con la consiguiente reclamación del expediente administrativo.
SEGUNDO .- La parte actora formalizó la demanda mediante escrito presentado el 3 de julio de 2017, en el cual, tras exponer los hechos y los fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó literalmente, suplicando: "... que, se sirva dictar sentencia, previos los trámites oportunos, declarando la disconformidad a Derecho del fallo expresado por la Vocalía Primera del Tribunal Económico-Administrativo Central objeto del presente recurso, así como los acuerdos que subsisten al mandato expresado en el mismo, de acuerdo con el contenido de los fundamentos jurídicos invocados por esta parte, y en el sentido de las pretensiones deducidas".
TERCERO .- El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito presentado el 26 de julio de 2017, en el cual, tras exponer los hechos y refutar cada uno de los argumentos de derecho de la actora, terminó suplicando la desestimación íntegra del recurso interpuesto .
CUARTO .- Admitida la prueba propuesta por el Abogado del estado, se presentaron por las partes escritos de conclusiones, tras lo cual se señaló para votación y fallo el día 26 de junio de 2019, fecha en que tu