CARGANDO...
SP/DOCT/74642

Artículo Monográfico. Mayo 2018

El consumidor frente a la acusación de manipular el contador

María Gallego Igea. Abogada y Colaboradora con la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU). Arbitro en la Junta Arbitral de Consumo de la CAM
Introducción
Desde 2013, se ha detectado en el sector del Derecho de consumo un nuevo problema que plantean los consumidores y es que se les acusa de haber manipulado su contador, tanto de gas como de luz, lo que acarrea la facturación de importantes sumas de dinero por las compañías comercializadoras, que ronda una cantidad media aproximada de 2.000 euros.
No podemos asegurar que no haya sido un efecto más de la crisis económica, ya que en Internet es fácil encontrar demostraciones para trucar el contador, con el reclamo del ahorro que puede suponer el hecho de no registrar el consumo real de luz y/o de gas.
Otro de los factores que, sin duda, ha podido contribuir a la proliferación de este problema es el Real Decreto 1048/2013, de 27 de diciembre, por el que se establece la metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de distribución de energía eléctrica (BOE n.º 312, de 30 de diciembre de 2013), en el que en su Exposición de Motivos se recoge: "Como consecuencia del aumento en el fraude de energía eléctrica se ha introducido un nuevo incentivo a las empresas distribuidoras para lograr una disminución de fraude de energía puesto que son estas empresas las titulares de las redes y las encargadas de lectura". Es en el art. 40 de este Real Decreto donde se recoge la fórmula de cálculo del incentivo para la empresa distribuidora por reducción del fraude eléctrico. Así se recoge en el Estudio del Defensor del Pueblo de mayo d