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AP Madrid, Sec. 18.ª, 40/2020, de 11 de febrero. Recurso 593/2019

Ponente: MARIA GUADALUPE JESUS SANCHEZ
SP/SENT/1045869
 La comunidad debe responder de los daños ocasionados por las obras en elementos comunes con independencia de que pueda repetir contra la empresa que llevó a cabo los trabajos
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ANTECEDENTES DE HECHO
Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
PRIMERO.- Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Alcalá de Henares, en fecha1 de Abril de 2019, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo estimar y estimo la demanda presentada por DÑA. Teodora y D. Nazario, representados por la Procuradora de los Tribunales Dña. Encarnación Llamas Villar, contra la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS RESIDENCIAL CALLE000 NÚM. NUM000 DE ALCALÁ DE HENARES (Madrid), representada por la Procuradora de los Tribunales Dña. María Jesús Bravo Bravo, y en consecuencia, condeno a la parte demandada a que abone a la parte actora la cantidad de 5.023,00 euros, así como los intereses legales y las costas procesales causadas ".
SEGUNDO.- Por la parte demandada se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 1/2000, se remitieron los autos a esta Audiencia.
TERCERO.- Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites conforme al artículo primero punto segundo de la Ley Orgánica 1/2009 de 3 de Noviembre, modificando la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio del Poder Judicial, correspondiendo su conocimiento y fallo a un único Magistrado.
CUARTO.- En la tramitación del presente procedi