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AP Vizcaya, Sec. 3.ª, 24/2020, de 23 de enero. Recurso 378/2019

Ponente: MARIA CARMEN KELLER ECHEVARRIA
SP/SENT/1053048
 Que se haya perdido el acta en el que se aprueba un calendario de pago de las obras por los demandantes, no impide apreciar y tener por acreditado la existencia de deuda que impide que estos puedan votar en las juntas
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 20 de mayo de 2019 se dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:"Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora de los tribunales Doña Marta Arruza Doueil,en nombre y representación de Doña María Virtudes y de Doña Adela, DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a la parte demandada, la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS de la de la DIRECCION000 nº NUM000 de Bilbao, representada por el procurador D. Juan Carlos Ruiz Gutiérrez, de todos los pedimentos formulados contra la misma.Se imponen las costas a la parte demandante".)
SEGUNDO.-)Publicada y notificada dicha Resolución a las partes litigantes, por la representación de la parte actora se interpuso en tiempo y en forma Recurso de Apelación que, admitido en ambos efectos por el Juzgado de Instancia y emplazadas las partes para ante este Tribunal y dados los oportunos traslados comparecieron la partes por medio de sus Procuradores; ordenándose a la recepción de autos y personamientos efectuados la formación del presente Rollo al que correspondió el número 378/2019 de Registro y que se sustanció con arreglo a los trámites de su cl
TERCERO.- Por providencia de fecha 16 de octubre de 2019 se señaló el día 21 de enero de 2020 para deliberación, votación y fallo del presente recurso.CUARTO.- Que en la tramitación del presente recurso, se han observado las prescripciones legales.
VISTOS, siendo Ponente para este trámite la Ilma